La teoría de los juegos y abogacía conforman un binomio sumamente valioso para comprender las dinámicas de cooperación y competencia en los conflictos jurídicos. Este artículo explora cómo los principios de la teoría de juegos pueden aplicarse a la labor del abogado, analizando estrategias, dilemas clásicos como el del prisionero, y su influencia en las decisiones jurídicas tanto en entornos cooperativos como competitivos.
Por Ezequiel Luppi
Abogado, miembro del equipo docente coordinado por el Dr. Rubén Calcaterra, que tiene a su cargo una de las comisiones de la materia “El sistema conflicto” que se dicta en el Ciclo Profesional Orientado de la Carrera de Abogacía de la UBA.
Es muy conocido y paradigmático el problema planteado por la teoría de juegos denominado el dilema del prisionero.
Conceptos básicos de la teoría de los juegos en el entorno jurídico
Conceptos básicos de la teoría de juegos se pueden encontrar en Calcaterra[1], que, en lo que interesa para este artículo y transcribiendo a Font Barrot, distingue los juegos de turno simultáneo, «aquellos en que los jugadores hacen sus jugadas respectivas simultáneamente, o en todo caso sin haber podido observar la del otro jugador», y juegos de turno consecutivo, «aquellos en los que primero juega uno y a partir de ahí los jugadores hacen sus jugadas respectivas sucesivamente, después de haber podido observar la jugada del otro.» El carácter repetitivo o no de las jugadas permite clasificarlos en juegos infinitos, finitos de x jugadas, o de una sola jugada[2].
A su vez, apoyándose en Schelling, exhibe tres tipos de estructura de interdependencia estratégica:
«a) Juegos de puro conflicto […] De su estructura están excluidas necesariamente las hipótesis de cooperación […] El sistema de recompensas puede establecer dos tipos de pago diferentes: que lo que gana uno sea igual a lo que pierde el otro, con lo que el juego es de suma cero; o que las cifras no sean las mismas, con lo que el juego es de suma no cero.
- b) Juegos de pura coordinación. […] los jugadores ganan o pierden conjuntamente, y por ello tienen el mismo incentivo para colaborar […]
- c) Juegos mixtos […] En estos juegos solamente la cooperación permite obtener beneficios, pero la estructura de recompensas introduce el factor de competitividad que exige adoptar algún procedimiento de ajuste»[3].
Experimentos llevados a cabo con personas y computadoras demostraron que los mejores resultados se obtenían si entre los dos tipos extremos de interdependencia estratégica -cooperación o competencia- se utilizaba el primero de ellos en la jugada de apertura[4]. Sin embargo, también se observaba que el dilema que se le presentaba al jugador cooperativo era el riesgo de ser explotado por el que obraba competitivamente, especialmente en los juegos finitos de una sola jugada.
El dilema del prisionero
A los fines de desarrollar estrategias para abordar el dilema según el carácter repetitivo o no de las jugadas del juego que se juega, se utiliza el célebre dilema del prisionero. «Hay que tener en cuenta, para entender su funcionamiento, que se trata de un juego de turno estrictamente simultáneo […], que se juega una sola vez, con información completa y simétrica para ambos jugadores, sin comunicación entre ellos y sin que haya sido posible establecer acuerdos previos»[5].
El juego ha sido explicado de diversas maneras y Calcaterra también lo ha hecho en la bibliografía citada como de su autoría en la nota 1, pero, en homenaje a la brevedad, digamos que dos prisioneros, A y B, que se encuentran en celdas separadas y sin comunicarse entre sí, deben declarar acerca del robo a un Banco que se les atribuye. El fiscal les ha informado que
1) si A confiesa que han robado el Banco y B no confiesa, A recibirá una pena de 1 año de prisión por colaborar, y B, por recalcitrante, 25 años. Y lo mismo a la inversa;
2) si los dos confiesan, la pena será de 10 años a cada uno;
3) y, finalmente, si ninguno de los dos confiesa, 3 años a cada uno.
Obsérvese que, desde la perspectiva cooperativa, los dos deberían elegir no confesar, pero se arriesgan a ser explotados por el otro que, eligiendo confesar, se beneficiaría con una pena de un año, condenando al declarante cooperativo a 25 años de prisión. Por ello, la denominada estrategia dominante indica que lo racional es elegir la opción de confesar que no es la mejor individualmente considerada, sino la que evita ser explotado por el otro[6].
Sin embargo, si bien esta estrategia es especialmente pensada para los juegos finitos de una sola jugada o tirada, «la estructura propia del dilema del prisionero aparece también en los juegos mixtos, como la negociación, porque en ella coexisten, en conflicto, el incentivo de obtener la máxima ventaja individual, propia del negociador competitivo, con el temor a ser explotado si actúa cooperativamente»[7].
Entre los distintos análisis desarrollados en torno a este juego está el realizado por Robert Axelrod, en su libro La evolución de la cooperación: el dilema del prisionero y la teoría de juegos[8], quien pudo demostrar que cuando el dilema del prisionero se repite en forma infinita o indefinida, y los jugadores tienen memoria de los resultados obtenidos, tienden a cooperar, siendo en este caso la cooperación la estrategia dominante de los jugadores[9].
El contexto y la cooperación
A modo de conclusión podemos afirmar los siguiente: si los actores perciben al conflicto como un juego de una sola jugada tenderán a rechazar todo tipo de colaboración y como consecuencia obtendrán resultados negativos o por lo menos más gravosos que otros resultados posibles. Por otro lado, si los actores abordan al conflicto como un juego de jugadas indefinidas, serán más permeables a propuestas colaborativas y como consecuencia de ello alcanzarán mejores resultados.
La cooperación en abogacía desde la perspectiva de la teoría de los juegos
Conectando ahora los desarrollos y conclusiones de la teoría de juegos con la labor del abogado, lo importante es destacar que ellas ocupan un lugar en la realidad cotidiana.
Del contacto con abogados de distintas especialidades uno puede advertir que en aquellos temas donde el universo de clientes y abogados dedicados a la especialidad es pequeño, la cantidad de acuerdos y escenarios de cooperación aumenta. Esto es así debido a que todos los actores en este tipo de conflictos saben que eventualmente se encontrarán en algún otro conflicto similar frente a esos mismos actores; incluso tal vez como aliados, dándose el caso de que podrían llegar a ser socios en el futuro. Es decir, ven el problema como un juego de jugadas indefinidas.
Este fenómeno se suele presentar en algunos temas comerciales, donde los actores se dedican a la misma actividad, y en cuestiones vinculadas al derecho del entretenimiento o el deporte. En virtud de lo pequeño del universo donde se desarrolla el conflicto, la salida suele ser una negociación de tipo integrativa caracterizada por la cooperación.
Juegos y competitividad en el entorno jurídico civil
Por oposición a ello tenemos espacios donde el universo de clientes y abogados es muy amplio, como podrían ser los juicios civiles. Allí tanto las partes como sus abogados abordan al conflicto como un juego de una sola jugada, en el entendimiento de que jamás volverán a tratar con estos abogados y personas, y por ello es muy frecuente encontrarse con negociaciones muy competitivas y soluciones de tipo distributivas.
Un caso paradigmático serían las cuestiones de familia, las cuales, en un error de enormes implicancias, algunos actores las abordan como un juego de una sola jugada, negociando en forma muy competitiva. De esta forma se dañan, a veces en forma irreparable, las relaciones familiares y el entorno social de los actores llegándose a soluciones de tipo distributivas que en realidad prolongan el conflicto en el tiempo.
La Conflictología y la estrategia cooperativa
Los conflictos están en las narrativas y las instrucciones que los actores utilizan para abordarlos también, por ello es importante mantener esta noción de jugadas indefinidas presente en ellas.
El ideal de labor del abogado, en línea con los fines de la moderna Conflictología, es trabajar en las narrativas de los actores con el objetivo de presentar el conflicto como un juego de jugadas indefinidas, resaltando aquellas cosas que estos actores tengan en común tanto en el pasado, como en el presente, y el futuro.
De esta forma se ubicaría a los actores en un escenario donde la estrategia dominante pasaría a ser la cooperación, con los beneficios que esta estrategia aporta.
Citas y referencias:
[1] CALCATERRA, R.A., El conflicto como sistema, 2° edición actualizada y ampliada, Astrea, Buenos Aires, 2021, pp.170/173.
[2] FONT BARROT, A., Negociaciones. Entre la cooperación y el conflicto, Grijalbo, Barcelona, 1997.
[3] La estrategia del conflicto, Tecnos, Madrid, 1964.
[4] Véase, en infra 8, la experiencia que cita DAVIS, M., en Introducción a la teoría de juegos, Madrid, Alianza Universidad, 1986, p 156/158, refiriendo a Axelrod.
[5] FONT BARROT, ob.cit., p. 89.
[6] En efecto, Nash señala, cuando enuncia el denominado Equilibrio de Nash, aplicable a los juegos que reúnen motivaciones mixtas, que la mejor solución para este juego no es la mejor individualmente considerada, sino la mejor teniendo en cuenta al otro, a la naturaleza del juego y al contexto.
[7] CALCATERRA, R.A., ob.cit., p.348
[8] Título original: The evolution of Cooperation, Basic Books, New York, 1984.
[9] Dice Davis que Axelrod ideó dos interesantes experimentos en los que usaba personas y computadoras. Se les propuso disputar una serie de partidas relacionadas con el dilema del prisionero. Las estrategias podían ser elegidas aleatoriamente o se podía decidir cooperar o comenzar competitivamente. La estrategia vencedora en ambos casos fue empezar la primera jugada cooperando y a continuación hacer en cada jugada lo mismo que hubiera hecho el contrincante en la jugada anterior; o sea, no iniciar de manera hostil, pero también no dejar de contestar ninguna de las provocaciones del adversario.
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