La relevancia de superar la «paradoja de la neutralidad»

En el ámbito de la mediación, la neutralidad del mediador es un concepto esencial pero paradójico. Rubén Calcaterra, junto con Cobb, Miller y Rifkin, profundiza en esta paradoja que se manifiesta en la combinación de dos cualidades: la imparcialidad y la equidistancia.

A partir de la década de los años 40 del siglo XX tanto en Europa como en EE. UU. se desarrolló toda una actividad teórica, que al principio parecía dedicarse a la política global o a la toma de decisiones o al manejo de crisis. En Europa se conoció como polemología (Polemos: confrontación enemistosa y agon: confrontación no enemistosa) y en EEUU como investigaciones sobre la guerra y la paz. En esta evolución se encuentran embrionariamente los denominados medios alternativos (ADR, sigla en inglés de Alternative Dispute Resolution), cuyo desarrollo teórico toma gran potencia y vigencia en la década de los años 70 de ese siglo.

En Argentina, ese movimiento comenzó en la década de los 90 en torno a la adopción legislativa del método de la mediación, respecto del cual no había mayores precisiones en cuanto a su significación y alcance.

En medio de la confusión generalizada que rodeaba el debate sostuve que lo que en realidad se estaba por incorporar a la legislación positiva era una simple metáfora, teniendo en cuenta el alto grado de desconocimiento que existía sobre un medio cuyo contenido y práctica constituían, todavía, contextos a construir [1].  

El 26 de noviembre de 1998 y en oportunidad de dictar una conferencia en la Universidad Complutense de Madrid, el prestigioso procesalista Michele Taruffo, de la Universidad de Pavía, Italia, señaló que «los ADR adoptan numerosas versiones distintas en los distintos ordenamientos, y muchas son las manifestaciones concretas que la justicia alternativa puede tener», apareciendo también como significativo que «el ADR no es un fenómeno unitario y homogéneo sino en negativo, vale decir, en función de ser alternativo respecto del método del proceso judicial»[2].

Esa observación del maestro italiano me convenció de la necesidad de darle sentido al término figurado, despejar la metáfora, fundamentalmente para darle autonomía al método, de permitir que se lo refiera de modo positivo, esto es, por lo que es y no por lo que no es.

De modo que, en mi libro sobre el método, definí mediación como «un proceso que, con la dirección de un tercero neutral que no tiene autoridad decisional, busca soluciones de recíproca satisfacción subjetiva y de común ventaja objetiva para las partes, a partir del control del intercambio de la información, favoreciendo el comportamiento colaborativo de las mismas»[3].

La definición en cuestión incluye términos que se desarrollan en esa publicación para darle mayor precisión a la propuesta; en este artículo me interesa tomar la condición de neutralidad del tercero, término que también presentaba dificultades.

Es que el desarrollo del concepto de neutralidad en el modelo sistémico de Análisis y Gestión Estratégica de Conflictos (en adelante AyGEC), pone de relieve las finas y delicadas conexiones relacionales que conforman el sistema que el operador del conflicto integra, en la medida que tiene una función de deconstrucción del conflicto y de co-construcción de alternativas con las partes. Ya Cobb, Miller y Rifkin en  Toward a New Discourse for Mediation: A Critique of Neutrality, papel que forma parte de un proyecto de investigación titulado “The Social Construction of Neutrality” desarrollado  bajo el auspicio de The Fund For Research On Dispute Resolution, dicen  que la neutralidad es un concepto central en la retórica general de las técnicas de resolución de conflictos pero que casi no existen investigaciones empíricas que brinden pautas a los profesionales acerca de cómo «aplicar» la neutralidad y que, en parte, esta carencia se explica por la propia ideología de la mediación, que eleva la confidencialidad a tales niveles que desalientan la realización de análisis empíricos. Por otra parte, los mediadores son muy adeptos a describir su práctica en términos de neutralidad, pero están mucho más limitados para dar cuenta de ella en forma teórica o siquiera empírica.

El modelo de AyGEC ha adherido a los desarrollos de las tres autoras citadas no solo por la indudable aplicación práctica que ellas permiten, sino también porque constituyen la única posición que supera la verdadera paradoja en la que caen los planteos clásicos.

Cobb, Miller y Rifkin dicen que la neutralidad, tradicionalmente y a partir de la literatura sobre mediación y de datos propios de sus investigaciones, se entiende como la combinación de dos cualidades que el mediador debería estar en condiciones de aplicar, cualidades cuyas designaciones los mediadores asimilan al término neutralidad:

  1. La imparcialidad, que citando a A. Davies (Community Mediation in Massachusetts, Report to the Massachusetts District Court, 1986, pág. 21), se definiría como la capacidad de interactuar sin tener en cuenta sus propios sentimientos, valores o programas.
  2. La equidistancia, que según E.Odom (“The Mediation Hearing: A Primer”, en J.Palenski y H.Launer “Mediation, Springfield, III, Charles C.Thomas, Publisher, 1986), se entendería como la capacidad del mediador para colaborar con las partes en disputa a fin de que puedan expresar sus «puntos de vista» sobre el caso.

La equidistancia opera en la medida que el operador puede asistir en forma pareja a cada persona. En contraste con la imparcialidad, donde la neutralidad se entiende como la capacidad de suspender el juicio crítico, la equidistancia es un proceso activo en el cual la parcialidad se aplica a generar condiciones de simetría. A pesar de que, por definición, son obviamente contradictorias, sostienen que no son acepciones de la neutralidad que se excluyan entre sí.

En el modelo de AyGEC ocurre lo mismo porque, en el mandato de co-construír soluciones, el operador del sistema debe poner al servicio del proceso idénticas capacidades, que define de la siguiente manera:

  1. a) La imparcialidad, que incluye la ausencia de fuertes valores o ideologías del mediador y la capacidad de no favorecer, con el que ningún conflicto tiene el término neutralidad.
  2. b) La equidistancia, que se refiere tanto a la simetría, esto es, a la existencia de la misma distancia entre el mediador y cada una de las partes, como a la capacidad de colaborar con ellas para que puedan expresar sus puntos de vista, para hacer «fluir posiciones» en busca de equilibrar poderes, con la que sí se enfrenta lo neutral, porque para lograr este objetivo debe por momentos alentar o acercarse a una de las partes, lo que puede verse como una alianza con ella por la otra parte. Cuando esto ocurre, el mediador se ve precisado a enfatizar su neutralidad en sentido de imparcialidad, lo que conduce a la fase inicial.

Esto conduce a un circuito donde cada fase de actuación del mediador encierra una autocontradicción que provoca la llamada «paradoja de la neutralidad» en la práctica de las dos capacidades exigidas al mediador[4].

Mi interpretación de la paradoja conduce a elaborar el siguiente cuadro ilustrativo:

Esquema para comprender la paradoja de la neutralidad

La investigación de Cobb, Miller y Rifkin se proyecta, también, hacia un aspecto comunicacional que resulta de decisiva importancia para la práctica: dicen que la neutralidad ha sido considerada como:

  1. a) Un medio para llegar a un fin. Desde este punto de vista, se la considera como un paso necesario para la resolución del problema.
  2. b) Un fin en sí misma. Es la cualidad que el operador debe obligadamente tener para garantizar un proceso justo.

Cuando se la toma en el primer sentido se simplifica enormemente el proceso dinámico de la comunicación: las interacciones comunicacionales son vistas como meros vehículos para la transmisión de mensajes. Desde este punto de vista, los operadores funcionan como simples mensajeros que resaltan elementos tales como la secuencia de los turnos en el uso del discurso por los conflictuantes, o el contacto visual, poniendo más el acento en los mensajes individuales que en el proceso global de comunicación interpersonal y en la índole interactiva de la narrativa. Así, el nexo de la conducta se ubica en los rasgos psicológicos de cada uno de los individuos y, dentro de estos términos, el «buen» operador sería alguien que puede suprimir sus propios sentimientos y aun así alentar a otros, permanecer frío, pero brindar apoyo, conservar la objetividad, pero determinar el curso de la sesión.

El giro que permite intentar la superación de la paradoja y salir de semejante descripción del operador, consiste en sostener que toda comunicación humana puede ser entendida como una historia o narración tal como lo proyecta Fischer en The Narrative Paradigm: In the Beginning, en el Journal of Communication, 1985-35 y 74-89, y Clarifyng the Narrative Paradigm, en Communication Monographs, 56-58.

 La narración se refiere al modo en que las historias se enlazan entre sí; y, en el proceso que propone el modelo de AyGEC, permite redefinir el papel del operador como administrador del proceso de narración.

La narración incluye y explica la naturaleza íntima del conflicto, y lo que hace un «buen» operador es facilitar la producción de narraciones coherentes, lo que significa aceptar que es un participante activo en la co-construcción de la narrativa y que no todos los participantes tienen iguales posibilidades de acceso al proceso de narración.

Los problemas ligados a identificar y manejarse con el punto de vista de los conflictuantes quedan eliminados cuando los operadores pasan a concentrarse en el proceso combinado de la narración.

La superación de la paradoja podría graficarse, entonces, de la siguiente manera:

Superación de la paradoja de la neutralidad

Así resignificada, la neutralidad puede verse como una práctica en las narrativas que lleva a la participación.

Desde allí, produce cambios en el nivel de la forma como las personas se aproximan al conflicto y en el del conflicto mismo.

Evita el polo psicológico del término, cuyo peligro es que conecte al operador con su propio medio intrapsíquico y le impida trabajar con lo que la gente dice para llevarlo a lo que él atribuye que dice.

Con Cobb, Miller y Rifkin diremos, pues, que la neutralidad en el modelo de AyGEC, es la práctica de la multiparcialidad destinada a crear las mismas condiciones en el discurso.

Citas:

1. CALCATERRA, R.A., La metáfora mediación, Suplemento de Resolución de Conflictos de La Ley, Buenos Aires, ejemplar del 16 de diciembre de 1996.

2. TARUFFO, M., “Aspectos de crisis de la justicia civil: fragmentación y privatización”, en Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid 3, Madrid, 1999, p. 61/75.

3. CALCATERRA, R.A., Mediación Estratégica, Editorial Gedisa, Barcelona, 2002.

4. Según Cobb, Miller y Rifkin el trabajo de investigación citado, la paradoja de la neutralidad se basa en una secuencia interactiva, en la que el mediador contradice sus propios mensajes sobre un mismo punto. La secuencia consiste en cuatro pasos, cada uno de los cuales conduce lógicamente al siguiente y el cuarto retorna directamente al paso inicial. De este modo, los mediadores se ven comprometidos en un proceso en el que envían mensajes contradictorios a los litigantes, a la vez que no disponen ellos mismos de fundamentos claros para manejar los problemas descriptos, que pueden originarse en un escenario de estas características.

Deja una respuesta